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Solicitudes de Apoyo Financiero – Metodología |
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08/04/2008 |
Se comunica a los Agentes del Seguro de Salud que, a partir del día 1º de Julio de 2008, las solicitudes de apoyo financiero que podían ser presentadas con carácter de Subsidio, deberán ser tramitadas bajo carácter de Reintegro, adecuándose las presentaciones a la metodología establecida en la Resolución N° 4806/08 APE - Anexo I.
Esta modalidad responde a la situación actual detectada por esta Administración, donde casi la totalidad de las solicitudes de cobertura financiera, son presentadas en carácter de Reintegro.
Por lo expresado anteriormente, y continuando con el proceso de mejora continua llevado a cabo por el Organismo, la Resolución N° 4806/08 APE tiene como finalidad mejorar la atención de los Beneficiarios y los Agentes del Seguro de Salud, optimizar los procesos administrativos para el otorgamiento y distribución de los recursos, y reducir una importante carga administrativa - tanto para las Obras Sociales como para esta Administración -.
Asimismo, el régimen propuesto eliminará de cuajo el trámite de la rendición de cuentas que tantos problemas ha llevado a los Agentes del Seguro de Salud al no poder conseguir la documentación contable de parte de algunos efectores sanitarios infieles, viendo revocado, por consiguiente, el subsidio oportunamente recibido con el consecuente perjuicio financiero que ello genera. Por último, cabe resaltar que se exceptúan de las previsiones establecidas en el ARTICULO 1º de la mencionada resolución, las solicitudes de Subsidios cuyo trámite se reconoce como trámite calificado por riesgo de muerte.
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Control de Datos de Beneficiarios |
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25/03/2008 |
En virtud de lo comunicado oportunamente a través del Boletín Informativo N° 86 con fecha 30-01-2008, se recuerda a los Agentes del Seguro de Salud que a partir del 1º de Abril del corriente año rige la Resolución Nº 1176/08-APE. Por lo tanto solicitamos efectuar los controles previos pertienentes a la afiliación de los beneficiarios cuya cobertura es solicitada ante el Organismo a través de la consulta al Padrón de Afiliaciones de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Cabe destacarque se exceptúan del control a las presentaciones por solicitudes de cobertura de beneficiarios protegidos por la Ley de Lucha Contra el SIDA Nº 23.798.
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Unidad Evaluadora de Expedientes |
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16/06/2006 |
Hacemos saber a todas las Obras Sociaels que la Unidad Evaluadora de Expedientes, la cuál depende directamente de la Gerencia General, comunica que ante diferencias de criterio y/u observaciones respecto del armado y/o presentación de expedientes se los convocará a fin de armonizar las actuaciones.
Asimismo, se informa que no se aceptarán bajo ningún punto de vista documentación (Historia Clínica, Protocolo Quirúrgico, Recetas, etc.) tachada, enmendada o a nombre de prepagas.
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